Inicio / Información útilAYUDAS Y BONIFICACIONES

Instalar solar puede tener ventajas.
Entiende cuáles.

No todas las ayudas funcionan igual: unas reducen impuestos y otras aportan una subvención. Te explicamos qué significa cada una y qué conviene revisar antes de empezar.

La idea clave

Una ayuda no es un descuento automático en el presupuesto. Su aplicación depende de los requisitos, la documentación y los plazos de cada caso.

01EL RECIBO DEL INMUEBLE

IBI

Es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Algunos ayuntamientos bonifican su cuota cuando se instalan sistemas de aprovechamiento solar.

¿Dónde lo notarías?
En el recibo del IBI durante los años que permita la ordenanza.
¿Qué se revisa?
El inmueble, su uso, las condiciones de la instalación y el plazo para solicitarlo.

Depende del ayuntamiento. No todos ofrecen la misma bonificación.

02EL IMPUESTO DE LA OBRA

ICIO

Es el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Puede existir una bonificación para determinadas instalaciones solares.

¿Dónde lo notarías?
En el importe de este impuesto, no en toda la factura de instalación.
¿Qué se revisa?
La ordenanza, el trámite de obra y cuándo debe pedirse la bonificación.

Revísalo antes de tramitar la obra. No equivale a eliminar todas las tasas.

03LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

IRPF

Determinadas obras de mejora energética de viviendas pueden dar derecho a deducciones fiscales si cumplen las condiciones legales.

¿Basta con poner placas?
No. Hay que acreditar la mejora exigida y cumplir los requisitos de la deducción aplicable.
¿Qué es importante preparar?
Los certificados de eficiencia energética antes y después, las facturas y los justificantes de pago, según el supuesto.

Consúltalo antes de iniciar la obra. Tu asesor fiscal debe confirmar su aplicación en la renta.

04CONVOCATORIAS Y FONDOS EUROPEOS

Subvenciones

Son programas que pueden apoyar parte de una inversión. Cada convocatoria define quién puede solicitarlos, qué gastos admite y cómo se justifica la actuación.

¿Qué significa FEDER?
Es el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Puede cofinanciar programas; no es una ayuda automática que se solicite por instalar placas.
¿Y Next Generation EU?
Es otro instrumento de financiación europeo. No debe confundirse con FEDER: hay que consultar las bases del programa concreto.

Una convocatoria publicada puede estar cerrada o admitir solo justificaciones.

EN EL ORDEN CORRECTO

Antes de instalar, durante y después.

  1. Antes de empezar

    Revisar requisitos y fechas. Comprobar si hay que presentar la solicitud o disponer de un certificado energético previo antes de la obra.

  2. Durante la instalación

    Guardar presupuesto, facturas, justificantes de pago y documentación técnica. El nombre del solicitante y los datos del inmueble deben ser coherentes.

  3. Al terminar

    Completar la legalización y los certificados que correspondan. Presentar la solicitud o justificación dentro del plazo aplicable.

DUDAS HABITUALES

Lo importante, sin letra pequeña escondida.

¿Se pueden combinar varias ayudas?

A veces sí, pero no siempre. Deben revisarse las incompatibilidades, los límites y el efecto de una subvención sobre la base de una deducción. No sumamos porcentajes como si fueran descuentos independientes.

¿Puedo contar con ese dinero para pagar la instalación?

No conviene darlo por seguro antes de la resolución. La solicitud no garantiza la concesión, y el cobro puede llegar después de ejecutar y justificar el proyecto.

¿Se aplican igual a viviendas y empresas?

No. Cambian el tipo de beneficiario, los usos admitidos y las condiciones. Las deducciones de IRPF explicadas aquí se refieren a personas físicas, no al impuesto de sociedades de una empresa.

¿Solarclic puede orientarme?

Podemos ayudarte a identificar la documentación técnica y los trámites del proyecto. La gestión incluida se detalla en la propuesta; la aplicación fiscal debe confirmarse con tu asesor.

FUENTES OFICIALES

Comprueba las condiciones de tu caso.

Revisión de esta guía: 16/09/2026. El trámite 10401 figuraba como «solo justificación», no como una nueva convocatoria abierta. IBI e ICIO se consultan en la ordenanza y sede del ayuntamiento correspondiente.

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